En los edificios, los incendios pueden empezar por causas muy variadas: fallos en las instalaciones eléctricas o de combustión, como las calderas, escapes de combustible, accidentes en la cocina, niños jugando con mecheros o cerillas, o accidentes que implican otras fuentes de fuego, como velas y cigarrillos, pero en otras muchas ocasiones el fraude se esconde bajo el disfraz de negligencia. Las compañías de seguros reciben semanalmente CIENTOS de siniestros fraudulentos, especialmente para las coberturas de Responsabilidad Civil por daños materiales y Responsabilidad Civil por daños corporales. Poseen equipos de investigación contra el fraude, ficheros informatizados antifraude (ej.: TIREA o “SENDA”), servicios de investigadores privados… Sin embargo, el fraude siempre ha ido acompañado de una falta de reproche por parte de LA SOCIEDAD. Posiblemente, como muchas veces el fraude va vinculado a una “previa pérdida económica” y muy pocos casos son denunciados, se intenta excusar la actuación del individuo como un mal menor. Según el Código Penal (la vía penal), la pena varía entre 6 meses y 4 años de cárcel, para las estafas de tipo básico (a las compañías de seguros) que superen los 300 €. Por tanto, se trata de algo muy serio. Por otra parte, la Ley de Contrato de Seguro contiene 13 preceptos (la vía mercantil) por los que el asegurador exonera de su obligación de pago de la indemnización: art. 10, 12, 16, 17, 19, 26, 31, 32, 43… Es indudable que, en épocas de recesión económica, se produce una disminución de dicha conciencia de delito, debido a las dificultades económicas a las que se ven abocadas muchas familias. En casi todos los países a excepción de Gran Bretaña, un incendiario es culpable de homicidio si alguna persona muere como resultado de su acción, aun cuando el delincuente no haya tenido la intención de matar. En Alemania y en algunos estados de los Estados Unidos, también se dictan serias penas por el delito de incendio cuando es cometido para disimular o destruir la evidencia de otro acto criminal. Cuando una persona se plantea la posibilidad de llevar a cabo un fraude, aparecen una serie de condicionantes que influyen en su decisión: • Las penurias económicas o la mala experiencia tras un siniestro. • Falta de reproche social. • Respuesta poco ágil de las compañías de seguros. • Actividad con altas expectativas de obtener beneficios y bajo riesgo para los aseguradores. • El número tan amplio de participantes en la gestión. • La amplia gama de posibilidades de cometer fraude. • Una parte importante de las acciones fraudulentas quedan sin respuesta sancionadora. Este libro aborda de una forma divulgativa, y a la vez técnica, las herramientas o conocimientos necesarios para investigar incendios fraudulentos.
José Manuel Ferro Veiga es Diplomado Superior en Criminología por la Universidad Europea Miguel de Cervantes con varios másters en Grafología y Pericia Caligráfica por la Escuela de Criminología de Cataluña. Nace Vigo (Pontevedra) y, actualmente esta vinculado a la investigación privada así como a la seguridad y, dado de alta como perito judicial en la Administración de Justicia de Galicia.